Un informe útil permite seguir el camino desde la documentación hasta la respuesta. El trabajo comienza definiendo qué se necesita aclarar y qué puede estudiarse.
01
Delimitar
Una pregunta bien formulada
Nos cuentas la cuestión, la fase del asunto y las fechas relevantes. Identificamos la especialidad adecuada y el material inicial que permite estudiar la viabilidad.
Qué se concreta en esta fase
Al terminar esta fase: objeto provisional y documentación necesaria.
02
Acordar
Un alcance que puedes valorar
La propuesta distingue la revisión inicial, las evaluaciones, la elaboración del dictamen y las actuaciones adicionales. Se concretan honorarios, condiciones y plazo antes de comenzar.
Qué se concreta en esta fase
Al terminar esta fase: encargo y condiciones definidos.
03
Contrastar
Las fuentes se examinan juntas
Se organiza el expediente, se realizan las evaluaciones pertinentes y se contrastan los resultados. Los datos discordantes y las explicaciones alternativas también forman parte del análisis.
Qué se concreta en esta fase
Al terminar esta fase: hallazgos, límites y cuestiones pendientes.
04
Explicar
Un dictamen que muestra su fundamento
La redacción conecta objeto, fuentes, método, resultados y conclusiones. Cuando procede, se prepara la explicación del informe y su ratificación conforme al encargo.
Qué se concreta en esta fase
Al terminar esta fase: una respuesta técnica razonada.
Claridad desde el inicio
Qué conviene dejar acordado.
El presupuesto tiene sentido cuando se entiende a qué trabajo corresponde. Una revisión documental y una evaluación completa pueden exigir actuaciones diferentes.
EL OBJETO
Qué se pregunta.
La cuestión concreta, la fecha o periodo relevante y las preguntas que quedan fuera del estudio.
LAS ACTUACIONES
Qué se hará.
Fuentes, evaluaciones, dictamen y participación judicial, con las condiciones de posibles ampliaciones.
LAS CONDICIONES
Cómo se organiza.
Honorarios, plazos, entrega del material, comunicación y coordinación con la dirección letrada.
Independencia del criterio técnico
El resultado lo determina el análisis.
Quien solicita una pericia plantea una pregunta; la respuesta debe estar fundamentada en el material examinado. Una conclusión puede confirmar una hipótesis, matizarla o mostrar que faltan datos para sostenerla.
En el proceso civil, la objetividad del perito está recogida en el artículo 335 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.